Responsabilidad Médica y Consejo de Estado

RETROSPECTIVAMENTE SE PARTE DE 1936 CUANDO SE INICIAN LOS ANTECEDENTES SOBRE RESPONSABILIDAD DE LA ADMINISTRACION EN COLOMBIA. SE HACE UNA REVISION NORMATIVA A LA LUZ DEL ARTICULO 90 DE LA NUEVA CONSTITUCION, Y DE LO QUE DE ALLI SE DERIVA EN CUANTO A RESPONSABILIDAD DEL ESTADO POR LOS DAÑOS CAUSADOS, YA SEA POR EL SERVICIO PRESTADO POR SUS INSTITUCIONES O POR SUS FUNCIONARIOS. SE REVISAN CONCEPTOS SOBRE EL DAÑO Y LA ANTIJURIDICIDAD Y SE ESTUDIAN LOS APORTES DE LEGISLACIONES EXTRANJERAS AL NUEVO ENFOQUE SOBRE RESPONSABILIDAD PATRIMONIAL DEL ESTADO Y LAS CONSECUENCIAS QUE SE GENERAN PARA EL MEDICO, CUANDO ACTUA COMO SERRVIDOR PUBLICO.


CONSEJO DE ESTADO
RESPONSABILIDAD MEDICA